Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades

Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades

Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades

Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades
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A la hora de trabajar en una comunidad de vecinos, has de saber que, como cualquier trabajador, tienes que estar bien protegido a la hora de emprender tu tarea diaria. Para eso estamos en Eurolegal, para velar por tus intereses como trabajador y que acudas cada mañana al trabajo sabiendo que cuentas con el respaldo profesional que te damos nosotros.

Para empezar debes saber lo que dice la ley. Y es que según el Real Decreto 171/2004 de 30 de enero, en su artículo 2 dice que el centro de trabajo es cualquier área, edificada o no, en la que los trabajadores deban permanecer o a la que deban acceder por razón de su trabajo.

Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades

Por supuesto, si te dedicas a cualquier actividad para una comunidad (jardinería, electricidad, limpieza, desatrancos…) estés en interior o en el exterior de los edificios, la ley te ampara y te protege como trabajador de ese lugar.

La misma ley introduce dos empresarios a los que hay que tener en cuenta:

  • Titular del centro de trabajo: El que tiene la capacidad de poner a disposición el centro de trabajo y, además, gestionarlo.
  • Principal: Aquel que contrata o subcontrata con otros la realización de obras que corresponden a la actividad de aquel y que tienen lugar en su centro de trabajo.

Y las comunidades tienen una serie de obligaciones:Prevención de Riesgos Laborales en Comunidades

  • Elaborar plan de prevención: El plan tiene que incluir una estructura organizativa, responsabilidades, las funciones… en definitiva, todo lo necesario para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa.
  • Evaluación de riesgos: Como empresario, la comunidad tiene que realizar (y actualizar cuando corresponda) una evaluación inicial de los riesgos (para seguridad y salud de trabajadores) teniendo en cuenta: naturaleza de la actividad, características de los puestos de trabajo y de los trabajadores. Misma evaluación que tienen que hacer con la elección de los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos.
  • Planificación de la actividad preventiva: Si aparece algún riesgo en la evaluación, el empresario debe tomar las decisiones oportunas para eliminar o reducir el riesgo, además de controlarlo.
  • Proporcionar a los trabajadores vigilancia de la salud: de manera periódica, dependiendo de los riesgos que tenga su trabajo.
  • Entregar equipos de trabajo a trabajadores: Estos equipos tienen que garantizar su seguridad y la salud laboral. Además de dar a cada trabajador los equipos de protección de carácter individual.
  • Formación e información a los trabajadores: acerca de los riesgos a los que están expuestos y las medidas preventivas que se puedan aplicar a los riesgos.
  • Adoptar medidas de emergencia:
  • Organizar recursos para las actividades preventivas: asumir prevención, designar a trabajadores, servicio de prevención tanto propio como mancomunado…

En definitiva, tienes que saber que cuando entras a trabajar en una comunidad tienes una serie de derechos que te corresponden. Para conocerlos, ponte en contacto con nosotros que te ayudaremos a que consigas que se te trate como te mereces.

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